Terminó en la Justicia penal la atribución a Yamandú Orsi de una agresión repugnante que habría cometido 10 años atrás.

          Confesada públicamente la falsedad por la propia persona que formuló la denuncia y aclarado de qué manera esa persona amañó sus declaraciones con la colaboración de otra, quedó públicamente patentizado que hubo calumnia, simulación de delitos y ataque directo al honor ajeno.

.         Por eso, es bueno que se haya actuado con rapidez: la policía detuvo el lunes a las dos protagonistas de las revelaciones efectuadas el domingo por televisión; y ayer martes, quedó definida la situación, con la llamada Paula Díaz condenada a prisión, sustituida por libertad vigilada y con la llamada Romina Papasso sometida a juicio, que deberá esperar en prisión domiciliaria con tobillera.

          Lo que se resolvió, en síntesis, es que ninguna de las dos coautoras pisará la cárcel, lo cual implica el desgraciado mensaje de que aquí se puede calumniar a un hombre público, revolcando su nombre en bajezas, y después de descubierta la infamia la pena se conversa, se transa y se volatiliza, al reducirse a cumplimiento domiciliario.

          La consecuencia es absurda y lesiona al sistema de vida del estado de Derecho. El honor de un hombre público es personal, igual que el de todos, pero su fama y su reputación no le pertenece sólo a él, pues vale e importa para sus partidarios y aun para sus adversarios, ya que toda República se asienta en el cultivo de la virtud ciudadana, como enseñaron Aristóteles y  Montesquieu.

          Cuando entró en vigencia el actual Código del Proceso Penal, las voces más autorizadas señalaron que era absurdo que el Derecho Penal se negociara como si fuera una mercadería. Decisiones como las adoptadas en estas horas demuestran que esas voces, opuestas a la reforma del año 2018, tenían toda la razón.

          Así lo siente y así lo afirma Radio Clarín.